A vueltas con los tópicos

Una vez oí decir a un entrenador de un equipo de fútbol de primera división que era imposible hacer algo bien en un país en el que hay cuarenta millones de entrenadores de fútbol. Pues bien, eso mismo se puede aplicar a casi todo lo relacionado con la Iglesia Católica y los que pertenecemos a ella. Todos nos creemos, no sólo con derecho a opinar, sino también poseedores de la verdad absoluta.
Más en concreto, me refiero al papel que la prensa (del color que sea) le adjudica a los Tribunales Eclesiásticos y al tema de “las nulidades”. Me gustaría desmentir algunos de los tópicos más extendidos sobre este tema. Creo que es algo muy necesario porque uno de los principales problemas (si no el más importante) es la total desinformación que hay en torno a estos temas, y en general respecto a la Iglesia Católica y su funcionamiento interno.
En primer lugar, la declaración de nulidad de un matrimonio es el último recurso, cuando ya es imposible restaurar la convivencia entre los esposos, y existe una sentencia firme de separación o divorcio.
El Tribunal eclesiástico existe para responder a una cuestión que le plantea una persona bautizada, acerca de la validez del matrimonio que un día contrajo. Ésa, y no otra, es la función de un Tribunal eclesiástico en lo que se refiere al matrimonio. Cito a Su Santidad Benedicto XVI:
“Donde existan dudas legítimas sobre la validez del Matrimonio sacramental contraído, se debe hacer lo que sea necesario para averiguar su fundamento. Es preciso también asegurar, con pleno respeto del derecho canónico, que haya tribunales eclesiásticos en el territorio, su carácter pastoral, así como su correcta y pronta actuación. En cada diócesis ha de haber un número suficiente de personas preparadas para el adecuado funcionamiento de los tribunales eclesiásticos. Recuerdo que es una obligación grave hacer que la actividad institucional de la Iglesia en los tribunales sea cada vez más cercana a los fieles.” (Benedicto XVI, Sacramentum caritatis, n. 29).
En enero del año 2005, la Santa Sede promulgó una Instrucción titulada Dignitas connubii, de obligado cumplimiento para todos los Tribunales Eclesiásticos. En el artículo 113, 1, habla de la necesidad de que en cada Diócesis exista un lugar en el que cualquiera pueda recibir consejo libre y rápidamente sobre la posibilidad de introducir la causa de nulidad de matrimonio y, en la medida de lo posible, sobre el modo de proceder.
En nuestra Diócesis de Jaén existe desde hace tiempo ese lugar donde las personas puedan recibir consejo: el Gabinete de Asesoramiento Canónico. A él pueden acudir las personas interesadas en plantear la posible nulidad de su matrimonio, los profesionales del Derecho o de la Psicología interesados en ampliar su formación, así como parroquias u otras instituciones o asociaciones, que deseen recibir formación sobre estos temas. Este gabinete se encuentra en la sede del Tribunal Eclesiástico, sito en la calle Colegio, nº 3. 1º. El horario de atención al público es lunes y jueves, de 09’00 h. a 14’00 h. Se puede solicitar cita en el teléfono 953 23 00 36 (ext. 231), o a través del correo electrónico: info@eclesiajaen.org, o notaria@eclesiajaen.org. El Tribunal Eclesiástico no es un sitio oscuro, que dé miedo. Es un lugar donde la Iglesia, que sobre todo es Madre, acoge a todo aquel que se acerca para preguntar una duda sobre su situación. La dimensión pastoral del Tribunal eclesiástico es, desgraciadamente, desconocida para muchas personas, pero no por ello deja de ser importante. No debemos tener miedo a la hora de plantear la posibilidad de acudir al Tribunal; los que allí trabajamos estamos para acoger, escuchar y aconsejar a quienes lo soliciten.

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